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Términos y condiciones



Términos y condiciones

ASESORIA DISEÑO Y PROGRAMACIÓN S.L. (en adelante AplicaSoporte) con C.I.F. B33861329 con domicilio social en Oviedo, C/Suárez de la Riva, nº 2, y de la otra la persona física o juridica contratante de los servicios ofrecidos por AplicaSoporte, en adelante mencionado como "Cliente".

PRIMERA - Objeto

Es objeto del presente Contrato, la prestación de los SERVICIOS de asistencia informática remota que AplicaSoporte, dentro del marco de su propia actividad y en ejercicio de la misma, prestará en favor del CLIENTE.

SEGUNDA - Alcance

Teleasistencia informática remota que incluye la resolución de incidencias, administración y configuración de los sistemas y ayuda en el uso de aplicaciones de acuerdo con las coberturas específicas recogidas en el apartado I de este contrato.

TERCERA - Modalidad de prestación del servicio

El servicio se presta a través de Internet, mediante herramienta de control remoto y por teléfono ( para los momentos en los que el CLIENTE no tenga acceso a la red). La asistencia in situ NO está incluida. La conexión de Internet no es objeto de este contrato. El software de control remoto que el cliente utilizará para conectar con el técnico es propiedad de AplicaSoporte y el CLIENTE sólo lo podrá usar para acceder a este servicio. En caso de que el CLIENTE rescindiera este contrato deberá borrar este software del ordenador en el que resida.

CUARTA - Duración

El presente Contrato entrará en vigor en el momento de la aceptación del mismo. La duración dependerá de la modalidad del servicio contratado. En el apartado II se indica la duración de cada modalidad de los servicios ofertados. En el caso de los servicios continuados en el tiempo, si una vez llegada la fecha de vencimiento, alguna de las partes no hubiese comunicado a la otra parte su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará automáticamente por plazos iguales.

QUINTA - Contraprestación

AplicaSoporte recibirá del CLIENTE, como contraprestación de los servicios contratados la remuneración indicada en el apartado III ( Condiciones económicas ). El importe puede variar en función del número de ordenadores, número de asistencias, o tipo de servicio que el CLIENTE tenga contratado.El pago se realizará por adelantado, bien por tarjeta de crédito a través de la pasarela de pago segura de la página web de AplicaSoporte o mediante transferencia o ingreso en cuenta, que AplicaSoporte designe para este cometido. El importe del servicio será revisado el día 1 de enero de cada año, aplicando una subida del IPC interanual publicado en ese momento. Dicha subida no se aplicará a los contratos cuya antiguedad sea menor de 6 meses.

SEXTA - Obligaciones de AplicaSoporte

AplicaSoporte se compromete a disponer de un equipo humano cualificado que garantize el 100% de las prestaciones pactadas o en su defecto, AplicaSoporte puede contratar a terceros para asegurar dichas prestaciones sin que por ello tenga que comunicarlo al CLIENTE.

SEPTIMA - Obligaciones del CLIENTE

  • 7.1 EL CLIENTE se compromete, por el presente acuerdo, a colaborar con AplicaSoporte para facilitar la realización de los SERVICIOS objeto del presente Contrato.
  • 7.2 EL CLIENTE se compromete a proporcionar a AplicaSoporte acceso a toda la información necesaria para el buen desarrollo de sus funciones.
  • 7.3 EL CLIENTE autoriza a AplicaSoporte a cambiar el programa de control remoto que se emplea para la prestación del servicio, cada vez que AplicaSoporte lo considere necesario, ya sea por medios manuales o automáticos.
  • 7.4. EL CLIENTE se compromete a disponer de licencias legales del sistema operativo y software instalado en los ordenadores objeto del contrato, así como a tener instalado un software antivirus actualizado.
  • 7.5. EL CLIENTE se compromete, en la medida de lo posible, a seguir los consejos e indicaciones de los técnicos de AplicaSoporte sobre el uso de los programas instalados y sobre los hábitos de utilizacián de internet. Así como de la realización de copias de seguridad de los datos críticos residentes en los ordenadores sujetos al servicio.

OCTAVA - Acuerdo de nivel de servicio

  • 8.1. El servicio se presta en horario ininterrumpido de 9 a 19 horas de lunes a viernes, salvo en horario de verano que será de 8 a 17 horas.
  • 8.2 AplicaSoporte mantendrá informado al CLIENTE, de la evolución del servicio periódicamente en las modalidades de servicios continuados en el tiempo.
  • 8.4 AplicaSoporte garantiza un tiempo de respuesta inferior a 30 minutos para la resolución de incidencias a través del apartado de Asistencias de su página web www.mantenimientoinformatica.es.
  • 8.5 Si el CLIENTE solicitase la prestación del servicio fuera del horario expuesto en el apartado 8.1, AplicaSoporte se compromete a atenderle dentro de la primera hora del siguiente día hábil.

NOVENA - Acceso a los ordenadores de los clientes.

El CLIENTE autoriza al personal de AplicaSoporte, y a quien AplicaSoporte contrate para realizar el servicio, a acceder a sus ordenadores para la prestación del mismo y sólo con objeto de:

  a) Extraer el inventario de los equipos periódicamente para el mantenimiento preventivo ( si estuviese incluido en la modalidad de servicio contratado.
  b) Dar soporte a los usuarios, por control remoto, previa autorización del propio usuario.

AplicaSoporte garantiza que su personal nunca podrá acceder a los ordenadores del CLIENTE en otras circunstancias que no sean las anteriormente descritas.

DÉCIMA - Responsabilidad

  • 10.1 AplicaSoporte no responderá de los daños y perjuicios que se irroguen al CLIENTE en el supuesto que el CLIENTE haya hecho un uso indebido de los sistemas.
  • 10.2 AplicaSoporte no asumirá responsabilidad alguna por la no ejecución o el retraso en la ejecución de cualquiera de las obligaciones en virtud del presente Contrato si tal falta de ejecución o retraso resultara o fuera consecuencia de un suspuesto de fuerza mayor o caso fortuito admitido como tal por la Jurisprudencia, en particular: los desastres naturales, fallo en la transmisión de los paquetes IP, fallos del servicio de telefonía por parte del suministrador del servicio, la guerra, el estado de sitio, las alteraciones de orden público, la huelga en los transportes, el corte del suministro eléctrico o cualquier otra medidad excepcional adoptada por las autoridades administrativas o gubernamentales.
  • 10.3 AplicaSoporte no se hace responsable de la pérdida de información o daños en los sistemas informáticos del CLIENTE como consecuencia de un incorrecto funcionanmiento de los programas utilizados para la optimización de los equipos , o en la limpieza de virus, spyware, malware.

UNDÉCIMA - Resolución anticipada

El incumplimiento total o parcial reiterado por una de las partes de alguna o todas las obligaciones o compromisos que se asumen por este Contrato, facultará a la otra parte para resolverlo unilateralmente y exigir de la incumplidora la correspondiente indemnización por daños y perjuicios.

  • 11.1 En concreto, serán causas de resolución anticipada del presente Contrato:

      a) La quiebra o suspensión de pagos de AplicaSoporte o del CLIENTE.
      b) El incumplimiento por parte de AplicaSoporte o del CLIENTE de sus obligaciones contractuales.
  • 11.2 Si alguna de las partes incumpliera alguna de sus obligaciones que le incumben en virtud de este Contrato, la otra parte no incumplidora le notificará por escrito su solicitud para que subsane ese incumplimiento en un plazo máximo de 5 días. Si la parte incumplidora no subsanase es incumplimiento en el plazo previsto, la parte cumplidora podrá resolver el Contrato de manera inmediata mediante la remisión de una notificación escrita dirigida a la parte incumplidora. AplicaSoporte se reserva el derecho de suspender temporalmente la prestación de los SERVICIOS en el caso de que la parte incumplidora fuese el CLIENTE, antes de tomar la decisión definitiva de resolver el Contrato.

DUODÉCIMA - Protección de datos

El CLIENTE queda informado y presta su consentimiento para que sus datos personales se incorporen al correspondiente fichero de AplicaSoporte, autorizando a éste el tratamiento de los mismos para su utilización en relación el desarrollo y ejecución de este servicio, así como para la oferta y contratación de otros productos y servicios de AplicaSoporte, de empresas de su grupo, del Grupo al que pertenece, de su red de franquiciados, o de sus colaboradores en la forma y con las limitaciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre Protección de Datos de Carácter Personal. EL CLIENTE puede ejercer en cualquier momento su derecho de acceso rectificación y oposición, en su caso, respecto de sus datos personales en los términnos previstos por la Ley, pudiendo ejercitar ese derecho por escrito mediante carta dirigida al responsable de Seguridad, a la dirección indicada en este contrato. Se designa como responsable del fichero a AplicaSoporte con domicilio en la dirección antes indicada.

DECIMOTERCERA - Confidencialidad

AplicaSoporte garantiza que mantendrá la más estricta confidencialidad y expreso cumplimiento del deber de secreto profesional en relación con los asuntos del CLIENTE durante la vigencia de este Contrato y después de su terminación. AplicaSoporte durante y con posterioridad a la vigencia de este Contrato tratará toda información propiedad del CLIENTE de forma estrictamente confidencial. A los efectos del presente Contrato, tendrá la consideración de información confidencial toda aquella susceptible de ser revelada por palabra, por escrito o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en un futuro, ya sea intercambiada como consecuencia de esta relación contractual o que una parte señale o designe como confidencial a la otra.

DECIMOCUARTA - Notifiaciones

Toda notifiación necesaria a los efectos del presente acuerdo se hará a la atención y direccion de quien consta en el presente Contrato.

DECIMOQUITA - Cesión

AplicaSoporte queda facultado a ceder el presente Contrato a cualquier empresa que sea accionista de la misma, o a cualquier empresa de la que AplicaSoporte sea socio, con la sola obligación de notificar tal circunstancia, por escrito a la otra parte, quedando la sociedad cesionaria subrogada en todos los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato.

DECIMOSEXTA - Legislación aplicable

El presente contrato se rige en todos y cada uno de sus extremos por la ley española. Todas las controversias y discrepancias que puedan surgir en relacion con la ejecución o interpretación de este Contrato quedarán sometidas a la Jurisdicción de los Tribunales y Jueces de Oviedo.

DECIMOSÉPTIMA - Generalidades

  • 17.1 Este Contrato contiene el total acuerdo entre las partes sobre el mismo objeto y sustituye y reemplaza a cualquier acuerdo anterior, verbal o escrito, al que hubieran llegado las partes. A simismo, en caso de contradicción entre las condiciones estipuladas en el presente acuerdo y cualquier otro firmado con anterioridad entre ambas partes, prevalecerá lo estipulado en el presente acuerdo.
  • 17.2 Nada de lo estipulado en el presente Contrato supone identidad de partes, o que una sea considerada el agente de la otra. Ninguna parte responderá de cualquier declaración, acto u omisión de la otra parte que fuese contrario a lo anterior.
  • 17.3 Cualquier modificación del contenido de este Contrato, sólo será efectiva si se realiza por escrito y con el consentimiento de ambas partes.
  • 17.4 La no exigencia por cualquiera de las partes de cualquiera de sus derechos de conformidad con el presente Contrato no se considerará que constituye una renuncia de dichos derechos en el futuro.
  • 17.5 Las estipulaciones incluidas en el presente Contrato con intención expresa o implícita de que continúen en vigor tras el momento de la resolución o vencimiento del mismo, se mantendrán en vigor y continuarán vinculando a ambas partes conforme a lo estipulado

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